Existen varios tipos de ayudas. Algunas son de carácter estatal y otras dependen de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento en el que está empadronado el bebé. Os aconsejamos que os informéis, en la asociación más cercana a vuestro domicilio, del tipo de ayudas disponibles y de cómo iniciar los trámites para solicitarlas (ver listado de entidades).
Es recomendable que vuestro primer paso sea obtener el reconocimiento del grado de discapacidad o certificado de minusvalía, un documento oficial que otorga derecho a la persona con discapacidad o a sus familiares para disfrutar de determinados beneficios sociales, fiscales y económicos (servicios de salud, formación, empleo, ocio, transporte, vivienda, adaptaciones o prestaciones).
¿Dónde tengo que solicitar el certificado de minusvalía?
Se debe tramitar en los siguientes organismos, que dependen de cada Comunidad Autónoma:
Andalucía:Consejería de Asuntos Sociales
Aragón: Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales
En Asturias: Consejería de Asuntos Sociales
En Baleares: Consellería de Bienestar Social
En Canarias: Consejería de Servicios Sociales, Empleo y Asuntos Sociales.
En Cantabria: Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales
En Castilla-La Mancha: Consejería de Bienestar Social
En Castilla y León: Consejería de Sanidad y Bienestar Social
En Cataluña: Departament de Benestar Social
En Extremadura: Consejería de Bienestar Social
En Galicia: Consellería de Sanidad y Servicios Sociales
En La Rioja: Consejería de Salud y Servicios Sociales
En Madrid: Consejería de Servicios Sociales
En Murcia: Consejería de Trabajo y Política Social
En Navarra: Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud
En el País Vasco: Departamento de Justicia, Empleo y Asuntos Sociales
En Valencia: Consellería de Bienestar social
En vuestra asociación os indicarán si debéis solicitar algún otro documento.
¿Somos familia numerosa si unos de nuestros dos hijos tiene discapacidad?
En España se considera familia numerosa a la que cuenta con tres o más hijos en el seno familiar. Pero en el caso de nacidos con alguna discapacidad como el síndrome de Down, el Estado reconoce una familia de dos hijos como familia numerosa (los niños con discapacidad computan como dos a efectos de este reconocimiento).
Es aconsejable que solicitéis cuanto antes el carnet de familia numerosa, para beneficiaros de los descuentos y beneficios fiscales que os corresponden. Para ello debéis consultar en vuestra Comunidad Autónoma dónde solicitarlo.
¿Tengo derecho a una excedencia o una reducción de jornada más amplia por tener un hijo con discapacidad?
La legislación española os permite solicitar una excedencia por el cuidado de un hijo con discapacidad hasta que cumpla los cinco años de edad.
Otra posibilidad es la de solicitar la reducción de jornada por guardia y custodia de un hijo con discapacidad hasta que cumpla los doce años de edad.
¿Tengo derecho a un permiso de paternidad más largo por tener un hijo con discapacidad?
Sí. El permiso se amplía en dos semanas en caso de nacimiento de un hijo con discapacidad, pudiendo disfrutar de él el padre o la madre.